Él tiene una parcela de tierra que está sujeta a disputa con la municipalidad y no puede venderla, ¿debe pagar el impuesto social por ella?

Pregunta Tengo algunas parcelas de tierra fuera de la ciudad, sin documentos legales. Todo lo que tengo es algunos papeles de compra de cuando las compré hace varios años, ¿debo pagar el impuesto social por ellas? Tengo en mente que estas parcelas de tierra trajeron algunos problemas con la municipalidad local y no podemos valorarlas…

Pregunta

Tengo algunas parcelas de tierra fuera de la ciudad, sin documentos legales. Todo lo que tengo es algunos papeles de compra de cuando las compré hace varios años, ¿debo pagar el impuesto social por ellas? Tengo en mente que estas parcelas de tierra trajeron algunos problemas con la municipalidad local y no podemos valorarlas ahora.

Alabado sea Dios.

Si compraste esta tierra con la intención de venderla y sacar
un provecho económico de ella, entonces debes pagar por ella el impuesto
social a los bienes comerciales, entonces debes calcular su valor cada año y
pagar un cuarto de un décimo de su valor (2.5%).

Este es el principio básico acerca del impuesto social a los
bienes comerciales. Pero si no puedes venderla y disponer de ella porque
está en disputa con la municipalidad, entonces no debes pagar la caridad
obligatoria por el período en que seas incapaz de disponer de ella, porque
no está completamente en tu posesión. Esto es similar a la deuda de quien
demora en pagarla y está en dificultades económicas.

Le preguntaron al shéij Muhámmad ibn Sálih al-‘Uzaimín (que
Allah tenga misericordia de él) sobre el impuesto social sobre la tierra. Un
hombre compró una parcela de tierra pero no pagó el impuesto social por ella
por tres o cuatro años. Luego de la compra él envió una solicitud a la
municipalidad para dividirla en varios lotes. Este proceso tomó tres o
cuatro años y finalmente se completó. ¿Debe pagarse la caridad obligatoria
por el período previo, o sólo debe pagarse una vez al momento de la compra?

El shéij preguntó: “¿La compró para hacer negocios con
ella?”

Quien preguntó: “La compró para comerciar en ella, pero él
pensó, basándose en la opinión legal de un erudito, que no debía pagarse el
impuesto social por la tierra, y luego tomó mucho tiempo completar la
solicitud, y no podía venderla en lotes hasta que la solicitud se
completara”.

El shéij: “Y ¿Él no pudo venderla entera tampoco?”

Quien pregunta: “No puede venderla entera, pero los socios
compraron la tierra para dividirla en varios lotes.

El Shéij: “¿Significa que ya no está en su posesión?”

Quien pregunta: “No, ya no está en su posesión”.

El Shéij: “¿Son socios?”

Quien pregunta: “Socios quiere decir que ellos registraron el
nombre de una persona, es decir, de uno de los socios.

El Shéij: “En primer lugar, que Dios te bendiga, si él
consultó a alguien acerca de su debía pagar la caridad obligatoria o no, y
esa persona era confiable en su conocimiento y su compromiso religioso,
entonces no debe pagarlo, porque Allah dijo (traducción del significado): “Y
entonces, consulten a quienes conocen las escrituras, si no saben” (an-Náhl,
16:43).

Pero si él cree que el impuesto social es obligatorio para él
entonces debe pagarlo, excepto por los años en que fue incapaz de disponer
de la propiedad, no debe pagar el impuesto social por esos años, porque es
como quien es acreedor de una deuda cuyo deudor está en dificultades
financieras y no puede pagarle. Pero el punto de vista más correcto según
sabemos, es que los bienes comerciales están sujetos al impuesto social”.

Fin de la cita de Liqá’ al-Bab al-Maftuh, 11/148.

Y Allah sabe más.

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