Vende en cuotas un teléfono celular y paga con el importe de las cuotas el valor del Chip

Pregunta Algunos establecimientos efectúan la venta de los aparatos de telefonía móvil de la siguiente manera: Las dos partes hacen un contrato en el que la empresa vende a un cliente un teléfono celular y le entrega un bono que le permite obtener una tarjeta de la empresa de telecomunicaciones y todo ello al precio…

Pregunta

Algunos establecimientos efectúan la venta de los aparatos de telefonía móvil de la siguiente manera:

Las dos partes hacen un contrato en el que la empresa vende a un cliente un teléfono celular y le entrega un bono que le permite obtener una tarjeta de la empresa de telecomunicaciones y todo ello al precio de 5000 riales, 3000 de los cuales deberán ser pagados por el vendedor a la empresa para la adquisición de la tarjeta en favor del comprador y 2000 que representa el precio del aparato, y el pago de las sumas se hace por mensualidades ….

Se le permite a la empresa iniciar el procedimiento de la venta a plazos antes del suministro de la tarjeta al comprador, puesto que no posee la tarjeta?

Alabado sea Dios.

La pregunta ha sido planteada a su
eminencia el Sheij Muhammad Ibn Saleh al-Uthaimin (que Allah le proteja) que
ha respondido que la operación no está permitida, ya que el comprador, dice
al vendedor: préstame el precio de la tarjeta, te lo pagaré con intereses.
Ahora bien estos intereses están incluidos en la usura …… pero puede
venderle el aparato a plazos, ya que dispone de el efectivamente.

si decía: Los intereses corresponden al
aparato?

También es inútil, ya que los intereses se
aplican a todo. Este contrato está viciado de nulidad. Pero el comprador
puede adquirir una tarjeta con su propio dinero.

¿La operación es prohibida debido a que el
Profeta prohibió realizar dos operaciones en una? ¿La relación entre el
comprador y el vendedor puede ser considerada como un encargo en el que se
paga un monto por el servicio?

No, ya que hay dos contratos distintos, el
primero con la empresa de las telecomunicaciones y el segundo con el
proveedor, lo que es prohibido. Es como si hiciéramos un préstamo a la
empresa de las telecomunicaciones y éste lo devolviera con intereses.

Allah sabe mejor.

Similar Posts

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.